reclamadoras de deuda

Reclamadoras de deuda ¿cómo funcionan?

08/08/2022 | DEUDAS
Las reclamadoras de deuda son empresas dedicadas a cobrar los impagos que los consumidores han contraído con una empresa privada. Según el caso, recurren a métodos extrajudiciales o amistosos, tratando de ponerse en contacto con el cliente para llegar a un acuerdo, aunque también pueden realizar las tareas de recuperación por vía judicial.

Las reclamadoras de deuda son empresas dedicadas a cobrar los impagos que los consumidores han contraído con una empresa privada. Según el caso, recurren a métodos extrajudiciales o amistosos, tratando de ponerse en contacto con el cliente para llegar a un acuerdo, aunque también pueden realizar las tareas de recuperación por vía judicial.

Cada vez resulta más habitual que personas con débitos pendientes reciban cartas, SMS, llamadas, correos electrónicos o, incluso, mensajes de Whatsapp de empresas de las que no han oído hablar nunca y con las que, por supuesto, no tienen vinculación contractual alguna, reclamándoles el abono de deudas pendientes.

 

¿Cómo funcionan? 

Una reclamadora de deuda funciona como una intermediaria entre la empresa acreedora y el consumidor, para llevar a cabo el cobro de la deuda. La empresa cobra sus servicios de dos maneras, o bien se lleva un porcentaje de la cantidad recuperada o las empresas que utilizan estos servicios, pagan una cuota mensual.

Ante los impagos, las empresas reclamadoras de deuda se ponen en contacto directamente con el deudor, al que le reclaman la cuantía adeudada en nombre de la empresa a la que se le debe el dinero y avisan sobre la posibilidad de ir por vías judiciales. Es relevante señalar que las comunicaciones, usualmente, no suelen ser muy cordiales y siempre se menciona la amenaza de incluir al deudor en un fichero de morosos. Dado que solo se puede hacer el recobro de una factura o deuda, una vez que existe un impago al vencimiento que ha sido pactado entre las partes e incumplido dicho plazo de pago, independientemente de la forma de pago acordada, será cuando se puede proceder al recobro de la deuda.

 

Métodos de las reclamadoras de deuda 

Las empresas, profesionales autónomos, propietarios y comunidades que desean optar por contratar soluciones de recobro efectivas cuentan con un gran abanico de posibilidades para reclamar el cobro de sus impagados. Entre las soluciones de recobro más comunes que existen en la actualidad podemos destacar las empresas reclamadoras de deuda y los despachos de abogados especializados en cobrar deudas. >

En la mayoría de los casos, los primeros disponen de sus propios gabinetes jurídicos expertos en recobro que pueden realizar las tareas de recuperación tanto en vías amistosas como en judiciales.

Desde la crisis pandémica de la Covid-19 en 2020, el auge de los impagos comerciales ha ido incrementando la contratación de servicios de reclamación por parte de todo tipo de acreedores. Por esa razón, las empresas reclamadoras de deuda disponen de medios eficaces para la reclamación de deudas y recuperación de saldos y facturas impagadas tanto a nivel personal cómo profesional. Por eso, consiste en una de las mejores opciones de reclamación para acreedores con deudas pendientes de regularización.

 

Proceso de reclamación de deudas 

Si bien cuando la deuda sobre la cual se intenta el recobro es inferior a 2.000 euros, no es obligatorio que el demandante esté asistido por abogado y procurador. Sin embargo, lo más recomendable es contar con el apoyo y asesoría de un abogado.

En los artículos 812 a 818 de la LEC se regula el proceso monitorio como vía para el recobro de deudas, ya que se establece que puede acudir a este mecanismo toda persona (acreedor) que pretenda al pago de otra persona (deudor) de una deuda dineraria determinada, líquida, exigible y vencida, independientemente de su importe, la demanda debe acompañarse con la documentación necesaria para acreditar la existencia de la deuda, se admiten:

  • Documentos, independientemente de su clase, forma o soporte físico, que se encuentren firmados o con el sello del deudor o cualquier señal física o digital.
  • Facturas, albaranes de entrega, contrato, certificación y cualquier otro tipo de documento utilizado para documentar una deuda, incluso, si han sido creados de forma unilateral por el acreedor.<
  • Otros documentos que confirmen la existencia de una relación comercial entre el acreedor y el deudor y que a su vez establezca el origen de la deuda y la causa por la que se hace la reclamación.

 

Límites legales y deberes de las empresas reclamadoras de deuda 

Aunque son molestas y pueden generar cierto estrés en los deudores, a los que pueden llamar continuamente para avisarles de su situación, lo cierto es que existen límites legales y obligaciones que las empresas reclamadoras de deuda deben contemplar.

Aunque en España no existe una legislación específica que regule a las empresas reclamadoras de deuda, si se puede recurrir al Código Civil, la Ley de Defensa de Consumidores y la Ley de Protección de Datos para conocer los límites marcados para ellas.

Si bien es legal la cesión de datos a empresas reclamadoras de deuda por parte de otras empresas, para poder cobrar una deuda, no todo vale y las empresas reclamadoras de deuda deben cumplir una serie de requisitos, siendo el principal de ellos que exista una relación contractual entre ellas y la empresa con la que el consumidor tiene la deuda.

Asimismo, el consumidor debe haber dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos a la empresa principal (habitualmente, los contratos suelen incluir una cláusula en la que se nos advierte de que ante un impago, es posible que se nos incluya en un fichero de morosos).

 

¿Por qué recurrir a las empresas reclamadoras de deuda? 

Las compañías dedicadas a estos objetivos de recuperación de deudas, suelen tener mucha experiencia, ya que llevan años en funcionamiento, lo cual implica, en su mayoría, una experiencia efectiva y éxito en su labor.

Además, la contratación de una de estas empresas especializada supone la confianza, tranquilidad, comodidad y la certeza de recuperar capital, un ahorro de tiempo, dinero, desgaste de personal y enfoque al mantenimiento de una empresa y su avance.

Por lo general, la eficacia de los resultados de las gestiones de las agencia de recobro supone los métodos utilizados y se centran en los recobros comerciales y empresas de envergadura, asegurándose de que los deudores asuman y cancelen sus deudas a través de recursos amistosos o extrajudiciales con una alta efectividad, apoyándose por consiguiente en sus abogados expertos en la materia, lo cual litiga en caso de ser necesario, los mismos que le darán el seguimiento adecuado al caso y representarán en el litigio.

 

Formas de reclamar una deuda 

Sin embargo, a la hora de reclamar la deuda, las empresas reclamadoras de deuda tienen sus límites, puesto que deben contemplar primero una serie de requisitos para poder solicitar el pago y llegar a un acuerdo extrajudicial antes de demandar. Como se mencionó anteriormente, la deuda debe ser cierta, vencida y exigible y haber resultado impagada.

En el caso de que no se tenga una deuda válida y por esa razón haya abierto un litigio en arbitraje de consumo o en los tribunales de justicia, la deuda no puede considerarse real, por lo tanto, no se podría incluir en ningún fichero de morosidad hasta resuelto el conflicto.

La empresa acreedora debe demostrar la existencia de una deuda anterior y que el plazo para pagarla ha vencido sin que el deudor haya abonado la cantidad correspondiente. Además, es obligatorio enviar un requerimiento previo de pago al deudor advirtiéndole de su inclusión en un fichero de morosos antes de incluirlo. Se debe notificar en un plazo de 30 días la inclusión en el fichero de morosos.

Al incluir a alguien en el fichero de morosos, se debe informar de los derechos en materia de protección de datos que tiene el deudor. Finalmente, estás empresas no pueden recurrir a métodos para reclamar la deuda que puedan vulnerar los derechos y la imagen del deudor.

Derechos del deudor 

Aparte del requerimiento previo de pago y la notificación de que ha sido incluido en un fichero de morosos, así como indicar los derechos que tiene el deudor en materia de protección de datos, también se deben tener en cuenta otros derechos del deudor:

  • Si no conoce el fichero de morosos en el que se le ha incluido, podrá ejercitar el derecho de acceso a sus datos personales (gratis).
  • La eliminación de los datos del fichero una vez que la deuda ha sido pagada y se ha presentado la documentación que lo acredita.
  • Ejercer el derecho de supresión en caso de que hayan pasado 6 años desde el vencimiento de la deuda, pero los datos del deudor siguen presentes en el fichero de morosos. Por ejemplo, se puede solicitar directamente a la ASNEF la cancelación de los datos.
  • Actuaciones recomendadas ante la intervención de una empresa reclamadora de deudas

Es muy común no saber cómo actuar ante una empresa reclamadora de deudas que nos llama constantemente. Los pasos a seguir dependerán de la existencia, o no, de la deuda.

Si la deuda no es real 

Si la deuda no es real, debemos comunicárselo de manera fehaciente a la empresa reclamadora de deudas, siendo lo mejor recurrir a un burofax, en el que solicitaremos que nos envíen la documentación que acredite la existencia de la deuda. Así mismo, también se lo comunicaremos a la empresa con la que supuestamente tenemos esta deuda.

En caso de obtener respuesta en el plazo de un mes o si la que obtenemos no es satisfactoria (no estamos de acuerdo con la deuda o no la reconocemos), podremos presentar una solicitud de arbitraje en Consumo o recurrir a los tribunales de justicia. Si además el deudor se ha incluido ya en un fichero de morosos, se puede solicitar la exclusión del fichero a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Si la deuda es real 

Si según las comprobaciones, la deuda es real y ha sido declarada real mediante una resolución, lo más recomendable es pagarla lo antes posible. En caso de dificultades económicas, se puede acudir a una reparadora de deudas como Repagalia que negocia con los acreedores y diseña un plan de pagos adaptado a tu situación específica para liquidar las deudas de manera unificada y cómoda. 

 

Por qué una empresa de reclamación de deuda 

La reclamación de deudas es totalmente ventajosa para los acreedores con deudas pendientes de cobrar y necesidad de recuperar aquellos saldos que se dieron por perdidos.

Por último, si la negociación por vía amistosa o extrajudicial no tuvo el éxito esperado, la única opción para el recobro de la deuda es acudir a la vía judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su Título III establece los mecanismos legales para el cobro de una deuda por la vía judicial:

  • Juicio cambiario
  • Proceso monitorio

Las empresas y profesionales en España ven en la reclamación de deudas una gran ventaja competitiva respecto a otros negocios de su mismo sector. En este enlace te explicamos todo lo que tienes que saber sobre si la reclamación de deuda prescribe.  Esto se debe a que, en muchas ocasiones, el recobro de una deuda abre nuevas vías de financiación ya que supone recuperar créditos y activos que se daban por perdidos dotando de nueva tesorería y liquidez al negocio.

Desde Repagalia, podemos asesorarte sobre tus derechos como deudor y sobre cómo protegerte de prácticas abusivas por parte de los acreedores. Estudiaremos tu caso para saber qué es lo que más te conviene y te explicaremos las diferentes opciones que existen para poder salir de deudas definitivamente ¡Llama ya!

 

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